El Reglamento de facturación electrónica retrasa su entrada en vigor hasta 2027. Te explicamos las nuevas fechas para empresas y autónomos, cómo afecta a los sistemas informáticos y qué debes hacer para cumplir con Veri*factu sin riesgos fiscales.
El Reglamento que establece los requisitos de los sistemas y programas informáticos de facturación vuelve a aplazarse oficialmente. Tal y como ya se anticipó en diciembre, desde el 4 de diciembre de 2025 se amplían los plazos para que empresas y profesionales adapten sus sistemas de facturación a la normativa conocida como Reglamento Veri*factu.
Este retraso ofrece un mayor margen de adaptación, pero no elimina la obligación futura, por lo que resulta clave planificar correctamente la transición, especialmente para empresas y autónomos con actividad económica.
Nuevas fechas para adaptar los sistemas de facturación (Veri*factu)
Según el Real Decreto 1007/2023, las nuevas fechas de entrada en vigor quedan fijadas de la siguiente forma:
Empresas contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
Las sociedades deberán tener sus sistemas informáticos de facturación adaptados a partir del 1 de enero de 2027.
Autónomos y profesionales en IRPF
Los autónomos, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente deberán cumplir con la normativa a partir del 1 de julio de 2027.
Este calendario afecta directamente a la mayoría de pymes y profesionales, especialmente en sectores con alta emisión de facturas.
¿Qué ocurre con los proveedores de software de facturación?
El aplazamiento también afecta a los productores y comercializadores de sistemas informáticos de facturación.
Se mantiene la regla general de los nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, aunque con una condición clave:
Todos los sistemas deberán estar plenamente adaptados antes de las nuevas fechas límite (2027), independientemente del plazo general.
Esto implica que cualquier empresa que adquiera un nuevo software de facturación debe asegurarse de que cumple ya con los requisitos técnicos exigidos por la normativa.
Qué deben tener en cuenta empresas y autónomos en 2026
Aunque la obligación se retrase, desde una perspectiva fiscal y operativa conviene:
- Revisar si el software actual cumple o podrá cumplir con Veri*factu.
- Evitar cambios de programa de facturación sin verificar su homologación.
- Planificar la adaptación con tiempo para evitar errores, sanciones o interrupciones en la actividad.
Desde una gestoría en Barcelona como Vigesco, recomendamos no esperar al último momento. La experiencia demuestra que las adaptaciones tecnológicas suelen generar incidencias si se hacen con prisas.
Conclusión
El retraso del Reglamento de facturación electrónica hasta 2027 da un respiro a empresas y autónomos, pero no elimina la obligación de adaptarse a Veri*factu.
La clave estará en anticiparse, elegir bien los sistemas informáticos y contar con asesoramiento fiscal y contable especializado para cumplir la normativa sin riesgos.