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Las medidas sociales y de Seguridad Social del Real Decreto-ley 16/2025 refuerzan la protección económica de personas trabajadoras y pensionistas, al tiempo que avanzan en la sostenibilidad del sistema mediante ajustes en cotizaciones y límites.

Empresas, autónomos y trabajadores deberán tener en cuenta estos cambios a la hora de planificar costes laborales, nóminas y cotizaciones de cara a 2026.

El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2025, prorroga y actualiza diversas medidas urgentes en materia social, laboral y de Seguridad Social, con el objetivo de proteger a los colectivos más vulnerables y garantizar la sostenibilidad del sistema público.

Entre las principales novedades destacan la revalorización de las pensiones, la actualización de las bases de cotización, los cambios en el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y la prórroga del Salario Mínimo Interprofesional.

Revalorización de las pensiones en 2026

El Real Decreto-ley establece una revalorización general del 2,7% de las pensiones con efectos desde el 1 de enero de 2026. Esta actualización se aplica tanto a:

  • Pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social
  • Pensiones de Clases Pasivas del Estado

El objetivo es preservar el poder adquisitivo de los pensionistas frente a la inflación prevista, evitando pérdidas de valor real respecto al ejercicio anterior.

Límite máximo de las pensiones públicas

Hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026, el límite máximo de percepción de las pensiones públicas causadas en 2026 será de:

  • 3.359,60 euros mensuales, o
  • 47.034,40 euros anuales

Actualización de las bases de cotización a la Seguridad Social

El Real Decreto-ley también introduce cambios relevantes en las bases de cotización, con efectos provisionales hasta la aprobación de los Presupuestos de 2026.

Bases mínimas de cotización

Las bases mínimas se incrementarán automáticamente en el mismo porcentaje que:

  • El Salario Mínimo Interprofesional,
  • Incrementado en un sexto adicional, conforme al mecanismo legal previsto.

Bases máximas de cotización

El tope máximo de las bases de cotización se fija en:

  • 5.101,20 euros mensuales

Este límite se aplicará a todas las categorías profesionales mientras no se aprueben los Presupuestos Generales del Estado.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y cuota adicional de solidaridad

El RDL 16/2025 actualiza los tipos de cotización vinculados a la sostenibilidad del sistema de pensiones.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Para 2026, el tipo de cotización del MEI se sitúa en el 0,90%, con el siguiente reparto:

  • 0,75% a cargo de la empresa
  • 0,15% a cargo de la persona trabajadora

Este mecanismo grava especialmente las rentas más elevadas con el objetivo de reforzar el equilibrio financiero del sistema público de pensiones.

Cotización adicional de solidaridad

Desde el 1 de enero de 2026, se aplica una cotización adicional de solidaridad sobre los tramos de retribución que superen la base máxima, con los siguientes tipos:

  • 1,15% sobre la parte de retribución entre 5.101,21 € y 5.611,32 €
    • 0,96% empresa / 0,19% persona trabajadora
  • 1,25% sobre la parte entre 5.611,33 € y 7.651,80 €
    • 1,04% empresa / 0,21% persona trabajadora
  • 1,46% sobre la parte que supere los 7.651,80 €
    • 1,22% empresa / 0,24% persona trabajadora

Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El Real Decreto-ley prorroga la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2025 hasta que se acuerde y publique el nuevo SMI para 2026.

Esta medida evita vacíos normativos a inicio de año y garantiza la continuidad de las referencias salariales y de cotización mientras se negocia la nueva cuantía.