La Orden PJC/178/2025, publicada el 25 de febrero, establece las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para 2025.
Regularización de liquidaciones en 2025
Las liquidaciones de cuotas correspondientes a enero de 2025 se regularizarán automáticamente en los próximos meses. En caso de diferencias en la cotización, los ajustes podrán ingresarse sin recargo hasta el mes siguiente a la notificación de la actualización por parte de la TGSS.
Bases de cotización en el Régimen General
Desde el 1 de enero de 2025, las bases de cotización por contingencias comunes quedan fijadas de la siguiente manera:
Bases mínimas y máximas (Euros/mes)
| Grupo | Categoría profesional | Base mínima | Base máxima |
|---|---|---|---|
| 1 | Ingenieros y Licenciados | 1.929,00 | 4.909,50 |
| 2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 1.599,60 | 4.909,50 |
| 3 | Jefes Administrativos y de Taller | 1.391,70 | 4.909,50 |
| 4-7 | Otras categorías | 1.381,20 | 4.909,50 |
Bases mínimas y máximas (Euros/día)
| Grupo | Categoría profesional | Base mínima | Base máxima |
|---|---|---|---|
| 8-11 | Oficiales, peones y trabajadores menores de 18 años | 46,04 | 163,65 |
Cotización en contratos a tiempo parcial
Para contratos de trabajo a tiempo parcial, las bases mínimas por hora quedan establecidas así:
| Grupo | Categoría profesional | Base mínima por hora (Euros) |
|---|---|---|
| 1 | Ingenieros y Licenciados | 11,62 |
| 2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 9,64 |
| 3-11 | Otras categorías | 8,32 |
Conclusión
Las nuevas bases de cotización a la Seguridad Social en 2025 ya están en vigor. Es fundamental revisar y aplicar correctamente las regulaciones para evitar duplicidades o errores en las liquidaciones.