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-Fin del uso de mascarillas en interiores

Desde tu gestoría de Barcelona Vigesco nos dedicamos a proporcionar servicios de asesoramiento fiscal, laboral y contable a empresas, profesionales liberales y emprendedores que precisan el acompañamiento de un colaborador fiable con un profundo conocimiento de la legislación vigente y una amplia y contrastada experiencia apoyando el esfuerzo empresarial.

Desde Vigesco también nos gusta teneros informados de todas las noticias relevantes del mes de marzo, las noticias más importantes en el ámbito fiscal y laboral.

  1. FIN DEL USO DE MASCARILLAS EN INTERIORES.

De acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se
modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19, se establecen los ámbitos donde habrá que usar la mascarilla de
forma obligatoria, las recomendaciones de uso en personas vulnerables, así como en espacios
cerrados de uso público en el que se vaya a permanecer durante largo tiempo, en eventos de
gran afluencia de personas o en entornos familiares y celebraciones privadas, en este último caso
dependiendo de si hay personas de riesgo.
ACTUACIONES EN EL ÁMBITO LABORAL
En el entorno laboral, se especifica que, de forma general, su uso no será obligatorio, dejando
esta última decisión en manos de los servicios de prevención de riesgos laborales, que deberán
realizar una evaluación del puesto de trabajo a modo de determinar si esta medida preventiva es
necesaria, en el lugar de trabajo o en determinados espacios de este.

Como excepción a esta regla general, se mantendrá la obligatoriedad del uso de mascarilla en:

‒ Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
‒ Centros sociosanitarios.
‒ Medios de transporte público de viajeros (excepto andenes y estaciones).
Existe cierto tipo de personas trabajadoras a las que se les recomienda seguir llevándolas:
‒ Grupos vulnerables que estén en contacto durante largos periodos con otras personas en
‒ distancias menores a 1,5m.
‒ Que tengan relación con ámbitos vulnerables, institucionalizas o en domicilios.

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