Analizamos las principales claves fiscales para el cierre del ejercicio 2025 y la planificación de 2026: Impuesto sobre Sociedades, IVA, créditos fiscales, reestructuraciones empresariales y facturación electrónica.
El cierre del ejercicio no es solo una cuestión contable. Para muchas empresas, diciembre es el momento clave para tomar decisiones fiscales que pueden tener un impacto directo en la carga tributaria de 2025 y, sobre todo, de 2026.
En un contexto de cambios normativos, bajadas de tipos y mayor intensidad en las comprobaciones de la Administración, conviene revisar con antelación los principales aspectos fiscales antes de cerrar el año.
A continuación, repasamos las claves fiscales más relevantes para empresas de cara al cierre de 2025 y la planificación de 2026.
Impuesto sobre Sociedades: bajada de tipos en 2026
A partir de 2026 entrará en vigor una nueva reducción de los tipos del Impuesto sobre Sociedades para:
- Entidades con facturación inferior a 1 millón de euros
- Entidades de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10 millones)
Este escenario abre la puerta, en determinados casos, a diferir ingresos o resultados para que tributen en 2026 a un tipo más reducido, siempre que:
- La operación tenga sustancia económica real
- No se trate de entidades patrimoniales
- Se respeten los criterios contables y fiscales aplicables
Una correcta planificación en este punto puede generar un ahorro fiscal relevante.
Liquidez, créditos fiscales y consolidación fiscal
Antes del cierre del ejercicio es fundamental analizar:
- Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades
- Previsión de resultados a cierre de año
- Créditos fiscales pendientes:
- Bases imponibles negativas (BINs)
- Deducciones
- Reservas fiscales
La anticipación en la aplicación de estos créditos mejora su valor económico y reduce riesgos en futuras comprobaciones.
Además, diciembre es el último mes para optar por el régimen de consolidación fiscal con efectos para 2026, una decisión que debe evaluarse cuidadosamente en grupos empresariales.
Reestructuraciones empresariales y operaciones societarias
Las operaciones de reorganización previstas para 2026 (fusiones, escisiones, aportaciones de activos, etc.) deberían planificarse con antelación, preferiblemente para el primer semestre del año.
Utilizar el balance cerrado a 31 de diciembre de 2025 permite:
- Reducir costes administrativos
- Evitar ajustes contables innecesarios
- Facilitar la aplicación del régimen de neutralidad fiscal
Es especialmente importante documentar adecuadamente los motivos económicos válidos, ya que la Administración mantiene una interpretación cada vez más restrictiva de este régimen.
IVA: opción por la prorrata especial
En determinadas estructuras de actividad, la prorrata especial del IVA puede resultar más eficiente que la prorrata general.
La opción para aplicar la prorrata especial en 2026 puede ejercerse en la última autoliquidación del IVA de 2025, con la correspondiente regularización de las deducciones practicadas durante el año.
Antes de optar, conviene realizar un análisis numérico previo para comprobar su impacto real.
Facturación electrónica: Veri*factu y SII
La entrada en vigor del sistema Veri*factu se ha retrasado un año:
- 1 de enero de 2027 para sociedades
- 1 de julio de 2027 para personas físicas
No obstante, este aplazamiento obliga a revisar decisiones recientes de adhesión voluntaria al SII, ya que en algunos casos pueden implicar obligaciones formales innecesarias.
Además, el Real Decreto-ley 16/2025 introduce una renuncia extraordinaria a la obligación del SII, aspecto que debe valorarse caso por caso.
Conclusión
En un entorno de inseguridad jurídica, cambios normativos constantes y mayor presión inspectora, el cierre del ejercicio requiere una actitud claramente proactiva.
La planificación fiscal, el análisis preventivo de contingencias y la realización de revisiones o auditorías tributarias antes de cerrar el año se han convertido en herramientas esenciales para reducir riesgos y optimizar la fiscalidad empresarial.