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La Unión Europea ha revisado los límites que determinan el tamaño de las empresas —micro, pequeñas, medianas y grandes— para adaptarlos a la inflación acumulada en los últimos diez años. Estos cambios, recogidos en la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, ya están en proceso de transposición en España y serán aplicables a los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2024.

La actualización implica un aumento aproximado del 25% en los umbrales de facturación y balance, lo que permitirá que muchas compañías pasen a una categoría inferior, reduciendo así obligaciones contables y administrativas.


Nuevos criterios de tamaño empresarial

Estos son los umbrales que establece la nueva normativa:

  • Gran empresa:
    Más de 250 empleados, facturación superior a 50 millones de euros o balance por encima de 25 millones.
  • Mediana empresa:
    Entre 50 y 250 empleados, facturación entre 10 y 50 millones, balance entre 5 y 25 millones.
  • Pequeña empresa:
    Entre 10 y 50 empleados, facturación entre 0,9 y 10 millones, balance entre 0,45 y 5 millones.
  • Microempresa:
    Hasta 10 empleados, facturación igual o inferior a 0,9 millones, balance igual o inferior a 0,45 millones.

También se revisan los límites aplicables a los grupos empresariales.


¿Cómo se implementará en España?

La transposición se llevará a cabo mediante dos normas:

  1. Ley que actualiza los criterios de tamaño empresarial, cuyo anteproyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros en noviembre de 2025.
  2. Nueva Ley de Información Corporativa en materia ESG, actualmente en revisión por la Comisión Europea.

Ambas leyes redefinirán qué empresas deben auditarse, qué modelos de cuentas podrán formularse y quién estará obligado a presentar información de sostenibilidad.


Cambios en las obligaciones contables

✔ Cuentas abreviadas

Podrán formularse si se cumplen dos de estas condiciones:

  • Hasta 50 empleados
  • Cifra de negocios ≤ 15 millones
  • Total activo ≤ 7,5 millones

✔ PGC PYMES

Las empresas podrán acogerse al Plan General Contable para PYMES cuando:

  • Tengan hasta 50 empleados
  • Facturen ≤ 15 millones
  • Presenten un activo ≤ 7,5 millones

✔ Auditoría obligatoria: nuevos límites

No será necesario auditar si se cumplen dos de estos requisitos durante dos ejercicios consecutivos:

  • Hasta 50 empleados
  • Facturación ≤ 7,125 millones
  • Activo ≤ 3,565 millones

Información de sostenibilidad (ESG)

La futura Ley ESG definirá qué empresas deben elaborar informes de sostenibilidad.
En principio estarán obligadas:

  • Los grupos grandes.
  • Las empresas grandes individuales que superen 250 empleados y 50 millones de euros de facturación o 25 millones de activo.

¿Qué implica para las empresas?

La actualización supone un ajuste a la realidad económica actual y una reducción clara de cargas administrativas. Muchas compañías volverán a clasificarse como pequeñas o medianas, lo que reducirá sus exigencias en auditoría, presentación de cuentas y reportes de sostenibilidad.